Reglamento Escolar:
Artículo 73. Para presentar extraordinario por liquidación del programa educativo, el alumnado debe:
- Solicitarlo ante el titular de la unidad académica en tiempo y forma;
- Efectuar el pago de derechos;
- No haber causado baja por bajo rendimiento escolar;
- Estar dentro del tiempo límite para concluir el programa educativo, y
- Sujetarse a las condiciones y términos que establezca el programa educativo y a la obligatoriedad del programa de apoyo académico.