Artículo 103. Del Reglamento Escolar. Son causas de baja por bajo rendimiento escolar:
- Acumular en historial académico doce resultados de no aprobatorio en bachillerato, y
- Acumular en historial académico diez resultados de no aprobatorio en licenciatura.
Artículo 104. El alumnado que cause baja por bajo rendimiento escolar podrá:
- Solicitar por escrito al titular de la unidad académica que el Consejo Técnico considere, por una sola ocasión, su reingreso;
- Solicitar equivalencia de estudios al nuevo programa educativo, o
- Participar nuevamente en el proceso de selección a cualquier programa educativo.