Reglamento Escolar:
Artículo 92. El alumnado de reingreso podrá solicitar por escrito permiso por una sola vez hasta por dos periodos escolares ante la Dirección de Administración Escolar:
Artículo 93. El permiso no se considera como tiempo de permanencia, para efectos del tiempo establecido en la conclusión del programa educativo.
Artículo 94. El alumnado podrá reingresar siempre y cuando el programa educativo permanezca vigente.