Revista Gaceta UAEH

Cuando el derecho y la política dejan de hablarse: ¿Quién manda realmente?


Por C. Diego Armando Gonzáles Jiménez1, C. Samuel Romero Vite2, Dr. Israel Cruz Badillo3.


"Para que no se pueda abusar del poder, es preciso que el poder frene al poder", advertía Montesquieu.



Cuando el derecho y la política dejan de hablarse: ¿Quién manda realmente?

Cuando pensamos en el derecho y la política, fácilmente podemos imaginarlos como dos mundos diferentes. El derecho nos hace pensar en leyes, jueces, tribunales y normas, mientras que la política nos lleva a pensar en elecciones, gobiernos, partidos y personas que buscan ejercer el mando. Sin embargo, al observar cómo funciona realmente un Estado, resulta casi imposible separar completamente ambos campos. La política necesita del derecho para convertir sus decisiones en reglas y acciones concretas, mientras que este último requiere de la política porque muchas de las normas que organizan a una sociedad surgen de decisiones tomadas dentro de las instituciones gubernamentales.

Por eso, más que dos dimensiones separadas, podemos entenderlos como elementos que constantemente se relacionan, se necesitan y, en determinados momentos, también entran en conflicto. De ahí surge una pregunta que parece sencilla, pero que en realidad es bastante profunda: cuando el derecho y la política dejan de hablarse, ¿quién manda realmente?

Para empezar, hay que entender que la política no solo se trata de elecciones, campañas o discursos, sino que también tiene que ver con la forma en que se organiza y se reparte el mando en una sociedad. Desde este punto de vista, los tomadores de decisiones necesitan reglas que les indiquen qué pueden hacer, cómo pueden hacerlo y dónde están sus límites. Ahí aparece el marco jurídico, porque una decisión política por sí misma no siempre puede convertirse en una acción del Estado, sino que necesita procedimientos e instituciones que le den legitimidad. En otras palabras, la política puede decidir hacia dónde quiere avanzar, pero el derecho establece parte del camino que debe seguir para lograrlo.

Al mismo tiempo, sería un error pensar que la normatividad existe completamente separada de la esfera política. Las leyes no aparecen de manera espontánea, son creadas dentro de sociedades que tienen conflictos, necesidades, intereses y distintas formas de entender lo que consideran justo. En México, por ejemplo, el Poder Legislativo discute y aprueba leyes, el Ejecutivo participa en la creación y aplicación de políticas públicas, y el Poder Judicial interpreta los reglamentos y resuelve controversias. Por lo tanto, como señala Zamorano Farías (2016), aunque los sistemas jurídico y político son diferentes, mantienen una relación constante dentro de la organización estatal.

Precisamente por eso, hablar de separación entre estas áreas no significa que nunca deban relacionarse. Al contrario, implica que deben existir límites para evitar que una de las dos dimensiones termine dominando completamente a la otra. La Constitución mexicana establece la división entre el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial con el propósito de evitar la concentración de la autoridad. Sin embargo, estas instancias no funcionan como islas, ya que constantemente necesitan interactuar. El Congreso crea las leyes, el Ejecutivo las aplica y el Poder Judicial puede intervenir cuando existen conflictos sobre su interpretación o ejecución; así, aunque cada uno tenga funciones distintas, todos forman parte de un mismo engranaje.

Aquí es donde la ciencia política y el derecho pueden complementarse de una manera especialmente interesante. La perspectiva jurídica puede preguntarse si una decisión es legal o constitucional, mientras que el análisis político puede cuestionar por qué se tomó esa medida, quiénes participaron, qué intereses estaban involucrados y cómo afectó la distribución del mando. Una disciplina ayuda a estudiar las reglas y sus límites, mientras que la otra permite comprender las relaciones de fuerza que existen detrás de ellas, por lo que no deberían verse como áreas rivales, sino como dos formas distintas de analizar una misma realidad.

Además, esta relación permite comprender que una ley por sí sola no transforma automáticamente a la sociedad. Una reforma puede establecer nuevas reglas, crear organismos o reconocer derechos, pero para que produzca resultados necesita recursos, funcionarios, instituciones y ciudadanos que participen en su aplicación. En consecuencia, la ley puede establecer lo que debería suceder, mientras que la política crea muchas de las condiciones necesarias para que aquello pueda convertirse en realidad. También resulta interesante observar que actualmente la autoridad no recae de forma exclusiva dentro de las tres ramas tradicionales.

Los órganos constitucionales autónomos, por ejemplo, han cambiado la manera de entender la administración pública, debido a que realizan funciones que requieren cierta independencia respecto a las instituciones tradicionales. Esto demuestra que el Estado contemporáneo es mucho más complejo y que el vínculo entre la norma y la política no puede reducirse simplemente a decidir quién tiene mayor jerarquía.

Si volvemos a la pregunta inicial sobre quién manda realmente, la respuesta no debería recaer de manera única en la figura de la presidencia, el Congreso, los jueces o cualquier otra institución. En un Estado constitucional, el poder debe encontrarse distribuido, limitado y sujeto a reglas. Precisamente ahí radica la importancia de que ambas esferas permanezcan en comunicación: la visión política permite que una sociedad decida qué quiere transformar, mientras que el enfoque jurídico establece los límites para impedir que esa transformación se realice de cualquier manera o a cualquier costo.

Cuando estos dos mundos dejan de hablarse, no solamente se rompe la relación entre dos áreas de estudio, sino que puede debilitarse uno de los principales mecanismos mediante los cuales una sociedad intenta organizar y controlar sus propios destinos. La acción política sin límites legales puede convertirse en una voluntad sin freno, mientras que un sistema jurídico completamente alejado de la realidad social puede transformarse en un conjunto de normas incapaces de responder a los problemas de la población. Por eso, la cuestión no debería ser decidir cuál de los dos debe mandar, sino entender que ambos necesitan complementarse y limitarse mutuamente.

Finalmente, quizá la pregunta más importante no sea quién manda, sino quién puede detener a quien manda. Ahí se encuentra una de las razones fundamentales de la división de poderes, de los contrapesos y del Estado de derecho. Una democracia no demuestra su fortaleza cuando la autoridad puede hacer todo lo que quiere, sino cuando incluso quienes gobiernan están obligados a respetar las reglas. En ese sentido, la ley no debería convertirse en enemiga de la política, ni esta última debería asumirse como dueña del derecho; ambos deben funcionar como una conversación permanente en la que uno permite transformar la realidad y el otro recuerda de forma constante que tener el poder no significa tener el derecho de hacerlo todo.



Referencias Bibliográficas:

Flores Andrade, A. (2024). El principio de división de poderes: Una revisión crítica. Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional, 25(51). https://doi.org/10.22201/iij.24484881e.2024.51.1716
Zamorano Farías, R. (2016). La relación entre el sistema de la política y el sistema del derecho en México. Boletín Mexicano de Derecho Comparado, 49(147), 303–333. https://doi.org/10.22201/iij.24484873e.2016.147.10647
Gutiérrez García, A. G. (2024). Autoridades públicas autónomas y órganos constitucionales autónomos: Un nuevo paradigma de la división de poderes. Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional, 25(51). https://doi.org/10.22201/iij.24484881e.2024.51.17770


1Alumno de octavo semestre de la Licenciatura en Ciencia Política y Administración Pública de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, go424789@uaeh.edu.mx
2Alumno de séptimo semestre de la Licenciatura en Ciencia Política y Administración Pública de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, ro490004@uaeh.edu.mx
3Profesor de tiempo completo de la Licenciatura en Ciencia Política y Administración Pública de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, badillo@uaeh.edu.mx